Consultoría avanzada: ley orgánica de protección de datos

PRINCIPALES OBLIGACIONES FORMALES

Del Responsable del Fichero:

  • El Responsable del Fichero deberá comunicar a la APD por medio de la correspondiente inscripción, la existencia de ficheros con datos personales y las posibles modificaciones.
  • Redactar el Documento de Seguridad aplicable según el nivel de seguridad requerido por los datos contenidos en el fichero. Aplicar su contenido y mantenerlo actualizado a disposición de la APD.
  • Del Encargado del Tratamiento:

  • Adoptar el mismo nivel de medidas de seguridad que aplique el Responsable del Fichero.
  • Mantener secreto profesional sobre los datos tratados.
  • Suscribir un contrato con el Responsable de Fichero.
  • A la finalización del contrato deberá destruir o devolver al Responsable del Fichero todos los soportes o documentos que contengan algún tipo de dato personal objeto del tratamiento.
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