Consultoría avanzada: ley orgánica de protección de datos
PRINCIPALES OBLIGACIONES FORMALES
Del Responsable del Fichero:
El Responsable del Fichero deberá comunicar a la APD por medio de la correspondiente inscripción, la existencia de ficheros con datos personales y las posibles modificaciones.
Redactar el Documento de Seguridad aplicable según el nivel de seguridad requerido por los datos contenidos en el fichero. Aplicar su contenido y mantenerlo actualizado a disposición de la APD.
Del Encargado del Tratamiento:
Adoptar el mismo nivel de medidas de seguridad que aplique el Responsable del Fichero.
Mantener secreto profesional sobre los datos tratados.
Suscribir un contrato con el Responsable de Fichero.
A la finalización del contrato deberá destruir o devolver al Responsable del Fichero todos los soportes o documentos que contengan algún tipo de dato personal objeto del tratamiento.
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